Presentaron un amparo para que la reforma de la SIDE sea declarada inconstitucional

 

Diputados de la Coalición Cívica y del Socialismo presentaron -este lunes- un amparo ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 4, a cargo de la jueza Rita Alián, para que se declare inconstitucional el DNU 941/2025, firmado por Javier Milei, sin tratamiento legislativo.

Mediante ese decreto, el Gobierno nacional reformó la estructura de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y le otorgó, entre otras facultades, la posibilidad de detener personas. Asimismo, ese organismo queda como institución principal del Sistema de Inteligencia Nacional.

El decreto les reconoce a los agentes de inteligencia la posibilidad de aprehender personas “en el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial y/o comisión de delitos en flagrancia”, con la condición de dar “aviso inmediato a las fuerzas policiales y de seguridad competentes”.

Ante esa situación, los legisladores Mónica Frade, Maximiliano Ferraro y Esteban Paulón le pidieron a la Justicia que el DNU sea declarado inconstitucional y la nulidad absoluta e insanable, por resultar violatorio de los Artículos 99 inciso 3 de la Constitución de la Nación Argentina y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incorporados a la legislación aplicable por disposición del Artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional.

Como primera medida, los diputados le solicitaron a la jueza que ordene una cautelar que suspenda los efectos y vigencia del Decreto N° 941/2025 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento. “De aprobarse este DNU estaremos ante un Estado que observará al ciudadano como a un sospechoso, cuando así convenga al organismo o, así lo decidan las autoridades del momento. Estas o las que vengan”, indicaron los legisladores.

“SIN URGENCIA”

Entre los argumentos para presentar el recurso, Frade, Ferraro y Paulón, señalaron que “la disposición del Poder Ejecutivo que se cuestiona no cumple con los presupuestos para el dictado de los DNU -artículo 99 inc.3 C.N.-, toda vez que en sus fundamentos no se invocaron razones de urgencia alguna, y además vulneró la limitación de incluir materias penales o procesales penales, -como la habilitación de aprehensiones por parte del personal de inteligencia-, que fueron expresamente vedadas por la norma constitucional invocada”.

El decreto firmado por el Presidente de la Nación “constituye una desviación de poder y un abuso de derecho público, violatorio del principio republicano, la división de poderes, la democracia, el principio de reserva de ley y la doctrina nacional e internacional aplicable en la materia”, enfatizaron los diputados.

El DNU lleva la firma de Javier Milei y de todo su gabinete. Se publicó el último día hábil del 2025, un día después de finalizadas las sesiones extraordinarias, cuando el Congreso ya estaba en receso. Tras el reclamo de la oposición, el tema recién se trataría en febrero próximo.

 

Imagen ilustrativa, creada con IA.

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