Rechazan la excarcelación de un hombre acusado de violación reiterada a sus hijos
La Sala III de la Cámara de Apelaciones de La Plata no hizo lugar a la apelación
presentada por la defensa oficial de C.H., y confirmó así la decisión del Juzgado
de Garantías №5, el cual rechazó la excarcelación del acusado de violar de
manera reiterada y ultrajante a su propio hijo.
“El impugnante no controvierte la existencia de los hechos ni la autoría
del imputado, agraviándose exclusivamente por la calificación legal actuada y
por los riesgos procesales puestos de manifiesto por la jueza garante”, sostuvo
el juez Alejandro Villordo, a cuyo voto adhirió su par Fernando Mateos.
De acuerdo con la investigación, “los abusos sexuales atribuidos al sujeto
no solo fueron reiterados y se extendieron durante un tiempo prolongado - desde
los años 2016-2017 hasta el año 2024 en el caso del niño T. H. y entre los años
2020-2024 en el caso del niño N. H.”. Las violaciones habrían tenido “una
particular intensidad y persistencia, siendo además perpetrados por el
progenitor de los niños, en el domicilio de convivencia, trasluciendo una
huella psíquica en las víctimas”.
El caso se inició cuando el menor T. H. sufrió una crisis de nervios en
la escuela allí fue entrevistado por el Equipo de Orientación Escolar. El niño les
contó a los profesionales que su padre abusaba sexualmente de él y de su
hermano N. H. A ello se sumó la declaración testimonial de M. B. H. (hermana de
los damnificados); así como la evaluación practicada por la perita psicóloga
del Cuerpo Técnico Auxiliar del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil y los
testimonios de los niños víctimas (T. H. y N. H.) en Cámara Gesell.
TRISTEZA Y DESAMPARO
Según el informe de la perito psicóloga del Cuerpo Técnico Auxiliar del
Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, “no se advirtió durante el encuentro
mantenido con ambos hermanos, la existencia de influencia de terceras personas.
Lo incestuoso agrava el impacto psíquico, siendo su progenitor el imputado,
figura de parentesco fundamental, quien debiera brindar cuidados”.
Respecto a T. H., el chico “se
encuentra cursando el período de la adolescencia, con los avatares subjetivos y
diferentes procesos que caracterizan esta etapa psicológica. Sus vínculos
primarios no lograron brindarle un ambiente seguro de crianza. El joven
atravesó en relación a lo que fuera denunciado, situaciones de confusión,
desamparo y vulnerabilidad. Se advierte en la evaluación la presencia de
tristeza, necesidad de sostén, ansiedad, angustia y baja autoestima en relación
a lo vivenciado con su progenitor quien además ejercía malos tratos”.
Con relación a N. H., la profesional explicó que “(éste) se encuentra
atravesando el período psicoevolutivo de latencia caracterizado por el
desarrollo de los intereses propios, la construcción de la identidad y la
sublimación. El niño se presenta con baja autoestima, inhibición, en su esfera
emocional se vislumbra tristeza, necesidad de sostén y angustia como secuelas
de lo investigado”.
“Finalmente, aprecio que en el caso se encuentra acreditada la
existencia de peligros procesales”, indicaron los camaristas, quienes -además-
coincidieron con el Juzgado de Garantías que el acusado debe seguir con prisión
preventiva.



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