Casación anuló la agravante de reincidencia a un condenado por homicidio simple

 

La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó dejar sin efecto la declaración de reincidencia respecto de Maximiliano Sebastián Figueroa, quien había sido condenado -en 2010- por el Tribunal en lo Criminal n° 5 de La Matanza a la pena de tres años y diez meses de prisión por homicidio simple.

En el mismo fallo, los magistrados declararon reincidente al imputado, resolución que quedó firme meses después. Luego de la apelación de la defensa de Figueroa, en 2024 el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 10 de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la reincidencia del acusado. Contra esa decisión, el defensor del imputado  dedujo  un  recurso.

“Si bien es cierto que el hecho aquí atribuido se cometió el 1° de febrero de 2014, queda claro que, desde la fecha en que operó la prescripción de aquella pena hasta que se dictó el veredicto condenatorio en esta causa (el 19 de septiembre de 2024), habían trascurrido más de cinco años. En tales condiciones, estimo que asiste razón a la defensa, en cuanto aduce que no correspondía declarar reincidente a Figueroa”, indicó el juez Mauro Divito.

El magistrado también recordó que el artículo 50 del Código Penal establece que “la pena sufrida no se tendrá en cuenta a los efectos  de la reincidencia,  cuando desde su cumplimiento  hubiera transcurrido  un término igual a aquél por la que fuera impuesta, que nunca excederá de diez ni será inferior  a cinco  años”. 

“Como puede verse,  en este punto la  disposición legal solamente hace alusión al lapso que, una vez cumplido,  priva de efectos  -a  los  fines  aquí  tratados-  a  la  condena  anterior.  En otras palabras, en el caso, el transcurso del plazo fijado en la ley, antes de que el tribunal de juicio hubiera pronunciado la sentencia referida al nuevo delito, impedía -en línea con el voto que quedó en disidencia- declarar reincidente a Figueroa con sustento en la sanción previa, pues ésta ya había perdido su eficacia a tal fin”, concluyó el juez. Su colega, Gustavo Bruzzone, votó en igual sentido.



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