Rechazaron la excarcelación de un polichorro, acusado de robar en la casa de una mujer fallecida
La Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de La
Plata confirmó la resolución del juez Hernán Javier Decastelli, quien había
rechazado excarcelar al titular de la Comisaría 4ta, Marcelo Albarracín, detenido
desde hace más de un año acusado de robar en la casa de una mujer fallecida.
Albarracín y Walter Jonatan Medina (comisario de la misma dependencia)
fueron arrestados en junio de 2024. Todo comenzó un mes antes, el 6 de mayo,
cuando una comitiva policial se acercó a corroborar una denuncia por una mujer muerta
en el interior de un departamento ubicado en La Loma.
Los acusados “se apoderaron ilegítimamente, mediante engaño, de un
manojo de llaves de su propiedad de calle 33 departamento 4 entre 15 y 16 de La
Plata, las que le retuvieron a la hija de la víctima en la dependencia policial”,
según la investigación.
Días después, ambos uniformados regresaron a la vivienda y se llevaron "un
boleto de compra venta por una propiedad de la localidad de Etcheverry y un
vehículo marca Fiat modelo Mobi de color blanco, dejando otros elementos
preparados en cajas en el interior del departamento, consumando de este modo el
desapoderamiento".
Durante la noche del 14 de mayo, una pareja ingresó a la vivienda que la
mujer fallecida poseía en Etcheverry y lo llevaron a cabo "mediante la
utilización de la llave verdadera que tenían", según la hipótesis de la
fiscalía. Sin embargo, la maniobra "fue advertida por un vecino que se
acercó hasta el domicilio”, por lo cual la pareja optó por retirarse de la
vivienda.
PELIGRO DE FUGA
En las últimas semanas, el abogado particular de Albarracín pidió la
excarcelación de su defendido y, subsidiariamente, la prisión domiciliaria, por
considerar que el subteniente se encuentra detenido de forma desproporcionada.
Según el letrado, el uniformado carece de antecedentes penales y tiene arraigo
familiar en la ciudad.
El pedido fue rechazado por el juez Decastelli, integrante del Tribunal
Oral en lo Criminal N º 1 departamental. Entonces, el defensor particular apeló
la resolución y la causa recayó en la Sala I. “He de coincidir con el Juez
actuante respecto de las circunstancias meritadas a los efectos de fundar su
decisión, toda vez que atento a la naturaleza de los hechos atribuidos al
encausado, el aprovechamiento de su condición de funcionario policial, la
situación de vulnerabilidad de la víctima y la conducta adoptada por aquel con
posterioridad al suceso, se advierte infundado lo sostenido por la defensa,
respecto que -su defendido-, podría recibir una sanción cercana al mínimo legal
aplicable”, indicó el magistrado de alzada Raúl Dalto.
“En tal sentido, analizadas las constancias de la presente causa, existe
peligro que el imputado al recuperar la libertad intente eludir la acción de la
justicia y/o frustrar los fines del proceso, situación que lleva a sostener la
resolución que viene cuestionada; atento a que no existe otra medida más
adecuada -al menos por ahora- que la cautelar impuesta por la instancia, a los
fines de neutralizar los peligros procesales considerados por el magistrado de
grado”, agregó el juez, cuyo voto fue respaldado por su colega, María Silvia
Oyhamburu.



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